Solicitud de historias clínicas
Si usted va a solicitar copia de la historia clínica debe cumplir con las siguientes condiciones, de acuerdo con la normatividad colombiana vigente, Ley 23 de 1981 (Art. 34) y Resolución 1995 de 1999 (Art. 1): “la Historia Clínica es un documento privado, sometido a reserva, que sólo puede ser conocido por terceros, previa autorización del paciente o en casos previstos por la Ley”.
Así mismo según la Sentencia T-182/09 Corte Constitucional: “para pacientes fallecidos, así como del que no se encuentre en condiciones de autorizar a sus familiares por su estado de salud mental o físico, la historia clínica sólo puede ser conocida por el grupo familiar de primer grado de consanguinidad, cumpliendo con los requisitos establecidos por la ley”.
Por favor diligencie el formulario según sea el caso.